Orientación Escolar

Orientación escolar

El alumno debe alcanzar las competencias para realizar las opciones académicas y profesionales más acordes con sus capacidades e intereses. Por ello, el profesorado facilitará a lo largo del curso la información necesaria sobre los itinerarios educativos o estudios superiores correspondientes con el fin de orientar a los alumnos y a los padres.

5.1. Convalidaciones

Se proporcionará en el sobre de matrícula a todos los alumnos y padres un documento con toda la normativa en vigor.

La enseñanza secundaria obligatoria y el bachillerato: convalidación de materias con las enseñanzas artísticas profesionales. Normativa aplicable a las enseñanzas de música

ORDEN 71/2010, de 15 de julio, de la Conselleria de Educación, por la que se regula el procedimiento para solicitar la convalidación y exención de materias en la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato por parte del alumnado que cursa simultáneamente enseñanzas profesionales de música y de danza o bien que acredita la condición de deportista de alto nivel, de alto rendimiento o de élite en la Comunitat Valenciana.

ANEXO II

Convalidación de materias optativas en Educación Secundaria Obligatoria

Materia optativa de ESO que se convalida Asignatura de las enseñanzas profesionales de música o danza con la que se convalida
Optativa convalidada ESO Música Certificado de enseñanzas elementales de música
Optativa convalidada ESO Música Superación de la prueba de acceso a las enseñanzas profesionales de música
Optativa convalidada ESO Música Superación de una asignatura de cualquier curso de las enseñanzas profesionales de música

ANEXO III

Convalidación de materias de modalidad en Bachillerato con determinadas asignaturas de las enseñanzas profesionales de música

Materia de Bachillerato que se convalida Asignatura de las enseñanzas profesionales de música con la que se convalida
Análisis Musical I 2º curso de Armonía
Análisis Musical II 1º curso de Análisis o 1º curso de Fundamentos de Composición
Cultura Audiovisual Cultura Audiovisual
Historia dela Músicay de la Danza 1º y 2º cursos de Historia de la Música
Lenguaje y Práctica Musical 3º curso de Instrumento Principal o Voz

 

ORDEN 27/2011, de 5 de mayo, de la Conselleria de Educación, por la que se modifica parcialmente la Orden de 19 de junio de 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se regula la organización y el funcionamiento del Bachillerato diurno, nocturno y a distancia en la Comunitat Valenciana, y la Orden 71/2010, de 15 de julio, de la Conselleria de Educación, por la que se regula el procedimiento para solicitar la convalidación y exención de materias en la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato por parte del alumnado que cursa simultáneamente enseñanzas profesionales de Música y de Danza o bien que acredita la condición de deportista de alto nivel, de alto rendimiento o de élite en la Comunitat Valenciana.

Esta Orden regula la compatibilidad de estudios entre el quinto y el sexto curso de las enseñanzas profesionales de Música o Danza y el Bachillerato, cuando el alumnado desee cursar simultáneamente ambas enseñanzas. Establece que el alumnado que inicie quinto o sexto curso de las enseñanzas profesionales de Música o Danza podrá cursar las materias comunes de primero de Bachillerato simultáneamente.

Además, establece el siguiente ANEXO I, modificado dela Orden71/2010

Convalidación de la materia Música en Educación Secundaria Obligatoria

Materia de ESO que se convalida Asignatura de las enseñanzas profesionales de Música con la que se convalida
Música de 2º y 3º de ESO 1º de Instrumento o Voz de las enseñanzas de Música
Música de 4º de ESO 2º de Instrumento o Voz de las enseñanzas de Música

 

ORDEN 28/2011, de 10 de mayo, de la Conselleria de Educación, por la que se regula la admisión, el acceso y la matrícula, así como los aspectos de ordenación general, para el alumnado que curse las enseñanzas elementales y profesionales de Música y Danza en la Comunitat Valenciana.

Esta Orden establece las convalidaciones de diversas asignaturas de las enseñanzas profesionales de Música y Danza con determinadas materias de modalidad de primer y segundo curso de Bachillerato.

Asignatura de las enseñanzas profesionales de Música que se convalida Materia de Bachillerato con la que se convalida

 

1º curso de Análisis o 1º curso de Fundamentos de Composición Análisis Musical II

 

Cultura Audiovisual Cultura Audiovisual
1º y 2º curso de Historia de la Música Historia dela Músicay de la Danza
1º curso de Lenguaje Musical Lenguaje y Práctica Musical

 

5.2. Orientación profesional

Normativa de interés para el alumnado:

DECRETO 158/2007, de 21 de septiembre, del Consell, por el que se establece el currículo de las enseñanzas profesionales de música y se regula el acceso a estas enseñanzas. Artículo 19. Titulación:

1. Los alumnos y alumnas que hayan superado las enseñanzas profesionales de música obtendrán el titulo profesional de música, en el que constará la especialidad cursada.

2. Los alumnos y alumnas que finalicen las enseñanzas profesionales de música obtendrán el título de Bachiller si superan las materias comunes del Bachillerato, aunque no hayan realizado el Bachillerato de la modalidad de artes en su vía específica de música y danza.

DECRETO 247/1993, de 21 de diciembre, DOGV 30/12/1993, del Gobierno Valenciano, por el que se regulan las distintas modalidades de la enseñanza de la música en la Comunitat Valenciana, Título II, Capítulo Tercero, Artículo doce, dispone que el profesorado de las escuelas de música deberá estar en posesión, como mínimo, del título profesional correspondiente a  las enseñanzas profesionales de música.

El mismo Decreto en su Capítulo cuarto, artículo veinte, dispone que el profesorado que imparta los distintos grados de la enseñanza profesional de la música deberá cumplir los requisitos de titulación establecidos en la LOGSE, y las normas que la desarrollen, especialmente en cuanto a las equivalencias y efectos de las titulaciones existentes antes de su promulgación, y sin perjuicio de lo previsto en la disposición transitoria octava del Real Decreto 389/1992, de 15 de abril.

REAL DECRETO 631/2010, de 14 de mayo, que regula el contenido básico de las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Música establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

DECRETO 48/2011, de 6 de mayo, del Consell, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores y se determina el marco normativo para la implantación de los planes de estudios correspondientes a los títulos oficiales de graduado o graduada en las diferentes enseñanzas artísticas superiores, en el ámbito de la Comunitat Valenciana.

Orientaciones diversas:

Es conveniente informar que el acceso a cualquier carrera universitaria, con excepción del Conservatorio Superior, se realiza mediante la opción de bachillerato escogida y la superación de la prueba de selectividad correspondiente.

A la espera de la relación de titulaciones superiores vinculadas al nuevo Bachillerato en su modalidad Artes vía Música, es interesante recordar aquí las titulaciones superiores relacionadas con el actual Bachillerato Artes, que son: Bellas Artes, Derecho, Ciencias de la actividad física y del deporte, Ciencias políticas y dela Administración, Comunicación Audiovisual, Filosofía, Geografía, Humanidades, Pedagogía, Periodismo, Psicología, Publicidad y relaciones públicas, Sociología, Traducción e Interpretación.

Las titulaciones relacionadas con el Bachillerato Artes son: Biblioteconomía y documentación, Diseño industrial, Educación social, Gestión y Administración Pública, Logopedia, Magisterio, Relaciones laborales, Terapia ocupacional, Trabajo social, Turismo.

Por otra parte, según el artículo 4.2 del R. D. 631/2010, las especialidades de las enseñanzas artísticas de grado en Música son las siguientes: Composición, Dirección, Interpretación, Musicología, Pedagogía, Producción y gestión y Sonología. Asimismo, el mismo decreto explica en el preámbulo que Dirección integra las antiguas especialidades de Dirección de Coros Dirección de Orquesta, así como Flamencología se integra en Musicología y la especialidad de interpretación deFlamenco se integra en Interpretación. Previa propuesta de las administraciones educativas, se podrán autorizar otras especialidades.

Las salidas profesionales son: Profesor de Conservatorios de Música, Miembro de orquestas sinfónicas, bandas municipales y coros, Director de orquestas y coros, Musicólogo, Pedagogo, Concertista, Miembro de agrupaciones de música alternativa, de jazz, pop, rock, etc., Crítico musical, Agente artístico, Documentalista, etc.